Vodafone, y otras empresas de telecomunicaciones que operan en España, llevan ya unas cuantas sanciones de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por diferente motivos y cuantías en las multas que acompañan a esas sanciones. La última multa, de 56.000 €, se debe a una infracción muy grave que pasamos a relatar.
Si hemos llamado alguna vez, a esta u otras compañías, al principio de la llamada nos indican que la conversación va a ser grabada y que si queremos dar nuestro consentimiento para ello. Esta grabación puede servir de prueba para ambas partes sobre un servicio contratado, una incidencia, etc… Para ello debemos ejercitar nuestro derecho de acceso y la compañía está obligada dárnoslo.
Pues bien, el cliente en cuestión, al no estar de acuerda con el cobro de un servicio contratado, pidió la grabación a la teleco por todos los cauces, pero Vodafone, que tiene el servicio de esta grabaciones externalizado, estuvo un tiempo sin contestar, para finalmente, y antes la sorpresa del cliente, enviarle una grabación de otro cliente donde podía escuchar la vos de ese cliente y todos sus datos personales.
Un grave error que este tipo de compañías no es al primera vez que cometen y que, ante la baja sanción, seguramente seguirán cometiendo…