Sanción de 20.000 € a RCI Banque por reclamar una deuda a un cliente que no lo era.

Hay veces que un simple error humano en la introducción de datos puede acarrear una serie de problemas y molestias que no son de fácil solución. buen ejemplo de esto es la sanción a RCI Banque, empresa del grupo Renault dedicada a la financiación de los vehículos del grupo.

El caso que nos ocupa se remonta a a 2020 y 2021, cuando un ciudadano comenzó a recibir llamadas y SMS de RCI Banque reclamándole una deuda por un vehículo. El afectado no sabía a qué deuda se referían, ya que no era cliente de la financiera y la deuda estaba vinculada a un vehículo que no era suyo, y, ante las reiteradas llamadas y mensajes, ejercito su derecho de supresión de sus datos debido al acoso sufrido. La financiera no hizo caso y siguió con algunas llamadas y mensajes más.

Tras presentar una denuncia contra RCI Banque en FACUA, esta presentó una reclamación ante la AEPD y esta, tras su investigación, decidió sancionar a la empresa con 20.000 €.

Resulta que el problema era que RCI Banque vinculó el número de teléfono móvil del demandante con un contrato de préstamo que había formalizado la empresa de transportes, lo que originó “un acoso, un asedio en forma de llamadas y mensajes sms” solicitando el pago de una deuda que nada tenía que ver con él.

La sanción de la AEPD viene dada por infringir el principio de responsabilidad proactiva. Este principio se define como la necesidad de que el responsable del tratamiento de datos aplique medidas técnicas y organizativas apropiadas a fin de garantizar y demostrar que el tratamiento de datos personales es conforme con el Reglamento.

Es decir, no basta con cumplir con la normativa de protección de datos, también hay que poder demostrar que se está cumpliendo con la normativa. Y en este caso no fueron capaces de detectar que ese teléfono no era titularidad del verdadero deudor.

Fuente: Confilegal.

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