A todos nos ha pasado alguna vez. Hacemos un pedido por Internet y el día del reparto no encontramos con que se lo han entregado a un vecino, el portero o, como en este caso, en un comercio vecino de nuestro domicilio. Esta práctica, sin nuestro permiso (podemos indicar al hacer el pedido que se lo entreguen al vecino de enfrente, al portero, etc), es ilícita y, como le ha sucedido a UPS, acarrea una sanción económica importante al ser una infracción grave.
Una mujer puso una queja en la AEPD contra UPS porque el repartidor de la empresa dejó un paquete a su nombre en una heladería debajo de su casa. El repartidor le envío un WhatsApp a la clienta indicando que «el paquete te lo he dejado en la heladería que tienes abajo».
Tras la investigación, La AEPD ha considerado que la presencia en la caja del paquete de una copia del albarán de envío vulnera a la persona que tenía que recibir el paquete. Y es que ahí se encuentra información com0: nombre completo, teléfono y la dirección de la persona. El mensajero cometió dos infracciones de las leyes de protección de datos.
Esta práctica, bastante extendida entre los repartidores de algunas empresas, ha sido multada con 140.000 €. Una sanción de 100.000 € por vulnerar la “confidencialidad” de los datos personales de la personas y expuestos a una tercera persona sin permiso. Y una segunda sanción de 40.000 € porque UPS ya había sido sancionada con anterioridad. en 2022, por la misma infracción.
Fuente: Genebeta.